Blogia
Politecom

Libertad Digital : Rectificación

En el post anterior mostraba mi escepticismo sobre la necesidad de que Libertad Digital registrase la ampliación de capital en la CNMV, dando la sensación que lo hacían para amparar la ampliación con la cobertura de la CNMV, sin embargo después de realizar una consulta a la CNMV está nos a respndido lo siguiente:

"En relación con la cuestión que nos plantea, le informamos de que, efectivamente, se encuentra registrada una Comunicación Previa de 14 de septiembre de 2004 con el nº 21467 que hace referencia a esa ampliación de capital y que puede consultar en nuestra página web.

Este es un requisito que viene exigido por el art. 26 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores y el Capítulo II del R.D 291/1992, de 27 de marzo, sobre emisiones y ofertas públicas de venta de valores."

Así pues, si exite la necesidad legal de registrar la ampliación en la CNMV. Sin embargo la problemática sigue siendo la misma aunque ahora apoyada por la legislación...da igual que la propuesta de negocio sea potencialmente desastrosa mientras este correctamente registrada.

1 comentario

Antonio Sánchez -

\\\"Negocio desastroso\\\" ... dices ... pues te has lucido, macho